Visas
Esta visa ayuda a acelerar el proceso de inmigración y que el prometido(a) y sus hijos(as) menores de edad puedan viajar más rápidamente a los Estados Unidos. Evita una larga separación con su futuro cónyuge, y ayuda a procesar el trámite de visa de inmigrante después del matrimonio.
Los requisitos básicos para solicitar la visa E1 (Visa de Comerciante) son los siguientes:
- El solicitante debe ser un comerciante de bienes o servicios de países con acuerdos mutuos con Estados Unidos.
- El valor de las importaciones/exportaciones que se realicen deben ser de una cantidad considerable. No menos de $100,000 dólares en los últimos 12 meses.
- Se requiere un flujo constante y continuo. Por ejemplo, es preferente haber hecho 12 negocios en los últimos 12 meses por un valor de $8,000 dólares por mes, que haber realizado dos importaciones/exportaciones por un valor de $50,000 dólares cada una. En otras palabras: Cuanto mayor cantidad de operaciones usted haya realizado en los últimos 12 meses, mejor.
Los beneficios de la visa E-1 son los siguientes:
- La visa E-1 le da el derecho a usted y a su familia, a vivir legalmente en los Estados Unidos.
- Le permite a usted y su cónyuge obtener permiso para trabajar de manera legal.
- Da acceso al sistema de educación de los Estados Unidos. Sus hijos podrán viajar a los Estados Unidos a estudiar tanto en escuelas públicas como privadas, sin necesidad de solicitar una visa de estudiante.
- La visa E-1 le otorga ingresos más fáciles a los Estados Unidos. Cada vez que usted viaje y salga del país, no tiene que realizar un trámite singular, sino que tiene permisos por 1 año, fácilmente renovable.
- Le permitirá a usted obtener un número de seguro social, que se utiliza para obtener un historial crediticio. Si usted tiene un historial positivo, tendrá un sencillo acceso a créditos para comprar una casa, un vehículo o invertir en un negocio.
La visa E-2 otorga a todo empresario extranjero, y también a su familia, la posibilidad real y oportunidad de residir y trabajar en los Estados Unidos, de manera completamente legal.
Información importante sobre la visa E-2:
- Es una visa de no-inmigrante, esto significa que debe ser renovada cada cierta cantidad de años
- No es una visa de residencia permanente (Green Card)
- La visa E-2 aplica para quienes estén pensando abrir un negocio en los Estados Unidos, y estén dispuestos a invertir una cantidad sustancial de dinero. El monto depende del negocio, la industria y la ciudad específica donde desee ubicar su negocio.
- Su negocio no puede ser una organización sin fines de lucro, debe producir una contribución significativa a la economía y emplear ciudadanos Americanos.
- Debe presentar un plan de negocios a 5 años, indicando la evolución de su compañía.
- El gobierno le exigirá que usted demuestre que los fondos que estará invirtiendo, procedan de un origen legal.
La visa de inversionista basada en el tratado NAFTA tiene muchos beneficios ya que el inversionista con una razonable inversión en su propio negocio o una inversión en una empresa estadounidense puede obtener una visa en los EE.UU junto con su cónyuge e hijos menores de 21 años. La visa se puede tramitar con el consulado Americano en su país o se puede tramitar con el servicio de inmigración en los EE.UU. Esta visa se aprueba por un periodo inicial de 1 a 2 años y es renovable ilimitadamente mientras que la empresa donde usted ha invertido siga operando.
Cuáles son los requerimientos?
- Que el inversionista sea de nacionalidad de uno de los siguientes países:
- Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, Italia, México, España, entre otros.
- Que el inversionista establezca una empresa nueva en EE.UU. o que obtenga un negocio existente y lo capitalice
- Que el inversionista invierta una cantidad substancial de capital en efectivo y/o equipo e inventario. No hay un monto especifico pero tendría que ser proporcional o lógico dependiendo de la empresa.
- Que la empresa comience sus operaciones antes de someter la solicitud
- Que se prepare un detallado plan de negocios
- Y, finalmente, que la empresa sea real y operativa
Ventajas: Usted puede reubicarse en los EE.UU con su familia. Su cónyuge puede solicitar un permiso de trabajo. Usted puede registrar a sus hijos en escuelas públicas de los EE.UU.
La visa EB-1 es una visa de inmigración que se basa en las habilidades extraordinarias de los solicitantes: gerentes de compañías multinacionales, ejecutivos, profesores universitarios y investigadores, etc.
Existen 3 categorías de la visa EB-1:
- EB-1(A): Se debe comprobar habilidad extraordinaria en algunas de las siguientes categorías: ciencias, arte, educación, negocios o atletismo. Se solicitará en detalle documentación que enumere sus logros y reconocimientos en su campo. El aplicante no necesita poseer una oferta de trabajo.
- EB-1(B): Para profesores universitarios o investigadores destacados. El solicitante debe poseer no menos 3 años de experiencia en el campo de la enseñanza o la investigación. La razón del ingreso a los Estados Unidos debe ser la búsqueda de un trabajo en un puesto investigativo dentro de una entidad educativa como por ejemplo una universidad o entidad de educación superior.
- EB-1(C):Esta visa es únicamente para aquellos ejecutivos o gerentes de compañías multinacionales. Para obtenerla, el solicitante debe haber trabajado afuera de los Estados Unidos por un período de 3 años, donde 1 de esos años debe haber sido en alguna empresa como gerente.
Beneficios de la Visa EB-1:
- Posibilidad de residir en los Estados Unidos
- Posibilidad de egresar e ingresar a los Estados Unidos sin ninguna restricción
- Posibilidad para trabajar legalmente en los Estados Unidos
- Posibilidad de traer familiares a los Estados unidos, como por ejemplo su cónyuge o hijos solteros menores de 21 años, con una visa de dependiente.
La visa EB-2 de inmigrante está basada en el empleo. Es una visa para profesionales que tienen un alto grado o nivel avanzado. También para aquellos extranjeros que tienen una habilidad excepcional o por último, para personas en busca de una visa por interés nacional de los EE.UU.
Existen 3 Categorías de la Visa EB-2:
- EB-2(A): Para aquellas personas que poseen un grado avanzado, y a su vez una oferta de una empresa estadounidense que tenga necesidad de contratación de perfiles con esas características.
- EB-2(B): Los solicitantes deben ser capaces de demostrar “habilidad extraordinaria” en alguno de los siguientes campos: ciencia, arte o negocios. Dicha habilidad extraordinaria se define como, “un grado de habilidad significativamente mayor al usualmente visto en las ciencias, artes o negocios.”
- EB-2(C):Para aquellas personas que buscan una exención por interés nacional por medio de su “habilidad excepcional.” Los solicitantes pueden aplicar para ésta visa por sus propios medios, independientemente de una solicitud realizada por un trabajo o una compañía.
Beneficios de la Visa EB-2:
- Posibilidad de residir en los Estados Unidos
- Posibilidad de egresar e ingresar a los Estados Unidos sin ninguna restricción
- Posibilidad para trabajar legalmente en los Estados Unidos
- Posibilidad de traer familiares a los Estados unidos, como su esposo(a) o hijos solteros menores de 21 años, con una visa de dependiente.
Usted debe cumplir con los requisitos que se mencionarán a continuación, para obtener una Visa EB-3. Debe ser un trabajador especializado o un profesional, siendo la definición de ambas alternativas:
- “Un trabajador especializado” es aquella persona cuyo trabajo demanda al menos dos años de experiencia; o
- “Un profesional” es aquella persona cuyo empleo le exige como requisito mínimo, un título de licenciado, y sea un profesional.
Si lo que a usted le interesa es obtener una visa EB-4, debe tener en cuenta que está basada en un empleo y que usted debe ser un “inmigrante especial.” ¿Qué significa ser un “inmigrante especial?” Pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
- Ministros y trabajadores religiosos
- Locutores
- Traductores iraquíes/afganos
- Iraquíes que hayan ayudado a los Estados Unidos
- Empleados de organizaciones internacionales
- Médicos
- Miembros de las Fuerzas Armadas
- Empleados de la zona del Canal de Panamá
- Empleados retirados de la OTAN-6
- Cónyuges e hijos de empleados de la OTAN-6 fallecidos
La visa EB-5 puede ser solicitada por empresarios fuera de los Estados Unidos, y le permitirá a él/ella, su cónyuge e hijos solteros hasta los 21 años de edad, vivir y trabajar de manera legal en los Estados Unidos.
Éste tipo de visa, puede concluir con la obtención de la residencia permanente y luego ciudadanía.
La administración de los Estados Unidos, otorga 10,000 visas EB-5 cada año, que son cuidadosamente estudiadas. Razón por la cual es fundamental que usted se contacte con un abogado para tener posibilidades reales de obtenerla.
Con una visa EB-5, al igual que la Visa E-2, el inversionista puede traer a su cónyuge y a su vez el cónyuge puede obtener permiso de trabajo y trabajar en EE.UU. Y de la misma manera, sus hijos menores de 21 años pueden vivir y asistir a una escuela pública o privada en EE.UU.
Información importante sobre la visa de inversionista EB-5:
- La inversión debe ser superior a $1,000,000 dólares americanos.
- Se contempla la posibilidad que la inversión sea de $500,000 dólares americanos, si la empresa que está creando se establecerá en áreas rurales, de baja densidad, designada como centro regional o en ciudades con economías de bajo empleo.
- Debe crear al menos 10 puestos de trabajo por un período no inferior a 2 años.
- La visa no requiere que el inversor tenga conocimientos específicos, nivel académico, ni tiene que demostrar conocimientos del idioma inglés.
- Cualquier ciudadano del mundo puede aplicar a éste tipo de visa.
NOTA: La inversión necesaria va a ser incrementada muy pronto de $500,000 a $800,000, y de $1,000,000 a $1,200,000 con nuevas restricciones sobre la creación de empleo indirectamente. ¡Así que el momento de invertir es ahora! Comuníquese ahora para su visa de inversionista.
La visa L-1 es exclusiva para compañías multinacionales que deseen o necesiten traspasar empleados de una sucursal en el extranjero a una sucursal en los Estados Unidos.
El número de visas L-1 que se emiten cada año no tiene límite y dependen exclusivamente de la cantidad de candidatos que apliquen y cuenten con los requisitos para obtenerla.
La solicitud se realiza ante el servicio de inmigración, y es altamente recomendable consultar con un abogado antes de hacerlo para constatar que tiene todo lo necesario y aumentar de éste modo, sus posibilidades de obtenerla.
Información importante sobre la visa L-1
- La duración de la visa L-1 tendrá un mínimo de 1 año y un máximo de 3.
- Una empresa que necesite constantemente enviar personal a sucursales en los Estados Unidos, puede aplicar por un número “abierto” de visas L-1 para ahorrar tiempo en el proceso.
- El personal debe ser calificado, debe ocupar una posición gerencial o tener conocimientos específicos y especializados sobre la compañía.
- La persona que aplique para la visa L-1, debe haber trabajado al menos por 1 año en dicha compañía.
- La familia del aplicante a la visa L-1, podrá solicitar una visa que le permitirá al cónyuge trabajar de manera legal, y a los hijos solteros menores de 21 años estudiar en los Estados Unidos.
El propósito principal de éste tipo de visa es negocios o turismo.
En cuanto al turismo, puede incluir diferentes opciones como visitar amigos, lugares, atracciones, realizar compras, actividades recreativas y mucho más.
En cuanto a los negocios, incluye participar en congresos, ferias, y tener reuniones de trabajo, entre otras cosas.
Con ésta visa, está absolutamente permitido combinar ambas actividades en un mismo viaje. Es decir que usted podrá viajar hacia los Estados Unidos, y en el mismo viaje, podrá tener reuniones y realizar cualquier actividad turística.
También, la visa B-1/B-2 permite la posibilidad de participar en cursos cortos para aprender o perfeccionar conocimientos específicos, siempre y cuando ésta actividad consuma una baja cantidad de horas semanales, y no sea el propósito principal por el cual se realizó el viaje.
El tipo de visa H1-B otorga a empresas de los Estados Unidos, la posibilidad de “sponsorear” a ciudadanos de otras partes del mundo para trabajar dentro de los Estados Unidos.
Dichos solicitantes deben tener conocimientos específicos prácticos o teóricos en diversas áreas como la programación en informática, el derecho, las ciencias, ingeniería, etc.
Se llama a ésta visa de “doble intención” ya que esta permite aplicar por otro tipo de visa mientras permanece en los Estados Unidos, si la intención final es obtener la residencia y luego la ciudadanía.
Es importante destacar que dependiendo el estado donde se vaya a residir, y la especialidad que se va a ejecutar, se podría solicitar algún tipo de validación.
Información importante sobre la visa H-1B
- El gobierno de los Estados Unidos otorga un máximo de 65.000 visas H-1B por cada año fiscal. Hacer la solicitud de manera errónea o inexacta, podría provocar la denegación de su visa. Es aconsejable consultar con un abogado.
- La visa H1-B se otorga por 3 años, que pueden extenderse hasta 6 años, pero existen excepciones que permiten extenderla aún más.
- En general se requiere que quien desee aplicar a éste tipo de visa, tenga conocimientos mínimos demostrables de una licenciatura (Bachelor’s Degree).
- Es condición obligatoria ser “sponsoreado” por una compañía que opera en los Estados Unidos.
- El conyugue y los hijos solteros del aplicante de ésta visa, pueden obtener la visa H-4
- Quien sea el titular de una visa H1-B, tiene derecho a solicitar una visa B-1 para sus empleados, siempre y cuando los mismos cumplan con determinados requisitos.
La visa de no-inmigrante O-1 está destinada para todas aquellas personas que viven fuera de los Estados Unidos y poseen habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo, o han demostrado ser los poseedores de un récord de logros extraordinarios en la industria cinematográfica o televisiva y tienen reconocimiento nacional o internacional.
Tipo de Visas O-1
- O-1A: Para aquellas personas que posean habilidades extraordinarias en los campos de las ciencias, educación, negocios o atletismo. No se incluyen en éste tipo de visa las artes, la industria cinematográfica o televisiva.
- O-1B: Personas con habilidades extraordinarias cualquier tipo de arte y la industria cinematográfica o televisiva.
- O-2: Ésta visa está destinada a personas que son acompañantes de el artista o atleta O-1 para asistir a un evento, o una presentación específica.
- O-3: Cónyuges o hijos(as) de no inmigrantes O-1 y O-2.
Tal como lo define el Acta de Inmigración y Nacionalidad, la llamada Visa R es para quienes buscan ingresar legalmente a los Estados Unidos, para trabajar como religiosos de forma temporal.
¿Quiénes son trabajadores religiosos? Son personas que obtuvieron autorización por alguna entidad reconocida, para llevar a cabo actividades religiosas y asumir tareas que normalmente son realizadas por miembros autorizados por el clero de esa religión.
Requisitos de la Visa R
- La persona interesada debe ser miembro de alguna de las congregaciones religiosas que son reconocidas en los Estados Unidos como una organización de buena fe sin fines de lucro
- La congregación religiosa que integra y también sus afiliados, no deben tener ningún tipo de deuda impositiva o como alternativa, usted puede aplicar para la exención de impuestos.
Todas aquellas personas que tengan como objetivo viajar a Estados Unidos para ser parte de un programa de visitantes de Intercambio Educativo y/o Cultural tienen la obligación de seguir los siguientes pasos para obtener una de las Visas creadas para ese fin: la Visa J y la Visa Q.
La Visa J está relacionada a programas de intercambio educativo y cultural auspiciado por el Departamento de Estado.
La visa Q tiene relación con los programas Internacionales de intercambio Cultural que estipule el Servicio de Inmigración y Ciudadanía.
Las Visa J y Q tienen una duración que dependerá del programa bajo el cual participe el solicitante. En general, la J puede durar 3 años y la Q hasta 15 meses. Si el solicitante de la Visa J tiene un cónyuge o hijos menores de 21 años de edad, puede solicitar una visa J-2, que es una visa de acompañante, que no permite trabajar, pero si es apta para estudiar. En cambio, La Visa Q no admite personas acompañantes.
Los artistas y deportistas que necesiten tener residencia temporal en los Estados Unidos, pueden solicitar la Visa P que les permitirá actuar o competir en Estados Unidos. La Visa P es una visa no-inmigrante que nunca debe ser confundida con la Visa O, ya que son completamente diferentes.
Quién puede solicitar la Visa P?
Todo artista o deportista que vaya a actuar o competir de manera individual, o también si forman parte de un grupo o un equipo.
La Visa F es una visa de no-inmigrante destinada a las personas interesadas en estudiar en los Estados Unidos. Es obligatorio presentar una solicitud en caso que usted desee entrar en los Estados Unidos para asistir a una institución educativa (Universidad o colegio, escuela secundaria, escuela primaria privada, conservatorio, enseñanza de idiomas, etc.)
Es importante saber que una Visa F está destinada a estudiantes full time (de tiempo completo), y no están diseñadas o son aptas como visa de trabajo. Trabajar de manera ilegal será considerado una grave violación de los reglamentos y podría resultar en la deportación.
La visa U fue creada especial y específicamente para víctimas de crímenes violentos. También, para las personas que ayuden con una investigación en la actividad criminal o en la persecución de un acusado. Incluso existen casos de los familiares directos que obtienen la visa de manera inmediata.
Luego de presentar las evidencias necesarias y un certificado policial, en caso que la visa sea aceptada, la persona luego puede obtener su residencia permanente.
Cada año, el gobierno de los Estados Unidos otorga 50,000 visas que permiten la residencia completa y permanente para personas originarias de ciertos países con un bajo índice migratorio a Estados Unidos.
Éste programa, que cada año se vuelve más popular, es conocido como “Lotería de Visas” y las siguientes son algunas de sus características:
- Es una solicitud que no tiene costo para participar en el sorteo.
- Únicamente se permite una solicitud por persona, por año.
- El sorteo es absolutamente al azar, a través de una lotería computarizada.
- La cantidad de visas es distribuida en las seis regiones geográficas.
- Para una distribución equitativa, nunca un país recibirá más del 7 por ciento de las visas disponibles.
Es absolutamente importante que usted tenga cuidado con estafadores que dicen prometer la obtención de una Visa. Por eso, siempre la mejor alternativa es contratar un abogado especialista en asuntos migratorios licenciado en los Estados Unidos. En este caso, el abogado solamente le cobraría por sus servicios, no por la participación en la lotería.